¿Cómo pueden los ciudadanos venezolanos regularizar su situación en Colombia?

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Desde el 5 de mayo de 2021, los ciudadanos venezolanos que se encuentren en territorio colombiano ya pueden iniciar el proceso para beneficiarse del Estatuto Temporal de Permanencia para regularizar de forma permanente su situación en Colombia.

El estatuto es la vía diseñada por el gobierno nacional para lograr la regularización definitiva de los ciudadanos venezolanos que se encuentran en el país y su finalidad es que los migrantes puedan acceder en condiciones de equidad a todos los servicios que provee el estado colombiano, así como integrarse al aparato productivo nacional de manera formal y acceder a todos los beneficios legales correspondientes.

Uno de los fenómenos que se han producido como parte de la carencia de información de los requisitos y pasos para acceder a la regularización es el cobro que algunas personas inescrupulosas hacen por “tramitar” los permisos especiales de permanencia y otros documentos. Ante esto hay que aclarar que acceder a la regularización es un proceso que no requiere intermediarios y que además debe realizarse de manera personal por el solicitante. De manera que en la presente guía explicaremos paso a paso cómo acceder al Estatuto de Protección Temporal para que cada migrante pueda regularizar su situación en Colombia.

Antes de aprobar el Estatuto de protección a los migrantes venezolanos, las cifras de Migración Colombia estimaban que en Colombia más de la mitad de los migrantes venezolanos no habían regularizado su situación.

Accediendo al Estatuto Temporal de Protección al Migrante

Personas que pueden acceder al Estatuto

Aquellos que se encuentran en territorio colombiano de manera regular como titulares de un permiso especial de permanencia, un permiso temporal de permanencia o de un permiso de ingreso y permanencia vigente o un permiso para el trabajo (PEPFF), cualquiera que sea su fase de expedición.

Quienes se encuentran en Colombia de manera regular como titulares de un salvoconducto de permanencia SC- 2, en el marco del trámite de una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiados.

Quienes hayan llegado de manera irregular a Colombia desde antes del 31 de enero de 2021.

Aquellos que han ingresado a Colombia de manera regular por medio de un puesto fronterizo legalmente habilitado, cumpliendo con las normas migratorias, desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 28 de mayo de 2023

Pasos a seguir para acceder al Estatuto de Protección al Migrante

Para acceder al Estatuto de Protección al Migrante debe inscribirse en el RUMV, realizar en registro de los datos del RUMV, llenar la encuesta de caracterización social y finalmente hacer parte del registro biométrico. Todo se hace siguiendo los siguientes pasos:

  1. Ingrese a la página de Migración Colombia.
  2. Seleccione el botón o apartado RUMV
  3. Seleccione la opción: Realiza aquí el registro en el RUMV
  4. Verá una opción que dice: Ingresa a tu cuenta que muestra espacios a llenar de usuario y contraseña. En la parte inferior ingresa en el enlace que dice “Registro”.
  5. Ingresa los datos que allí se piden. Tipo de documento y número, nombre completo, fecha de nacimiento, correo electrónico y contraseña.

Lea el aviso de privacidad que aparece al final del formulario y luego de clic en aceptar. Una vez este proceso se haya completado verá un mensaje que le dirá: “Registro creado. Por favor verifique su correo y realice la confirmación de su cuenta”, con lo que podrá confirmar su cuenta desde su correo electrónico.

  1. Una vez que haya creado su cuenta y la haya confirmado, podrá volver a la sección de registro (Registro RUMV) e ingresar a la cuenta para llenar los datos correspondientes a su cuenta del RUMV.

En la página del Registro RUMV, siga los siguientes pasos:

  1. Ingrese los datos de su “Hoja de vida”: En tipo de operación seleccione la opción por defecto: Permiso por Protección temporal. Seleccione su género, fecha de nacimiento, profesión u ocupación, país, ciudad y estado donde nació. Luego de clic en siguiente.

  2. Ingrese los datos de domicilio y de contacto solicitados y de clic en siguiente.

  3. Registre la información de su grupo familiar. Si solo realiza su registro no es necesario ingresar esta información. Luego de clic en siguiente.

  4. Adjunte los documentos: Archivo de imagen de fotografía tipo documento en fondo blanco, fotografía del documento de identidad, y adjunte la prueba sumaria en caso de que haya permanecido en condición irregular desde antes del 31 enero de 2021.

Migración Colombia señaló que será admitida como prueba sumaria:

  • Todo documento expedido por una entidad pública colombiana, dentro del ejercicio de sus funciones, que permita su individualización por sus datos personales a un migrante venezolano y que evidencie su permanencia en el territorio nacional desde antes de la fecha señalada.

  • Todo documento emitido por una persona jurídica, inscrita en Cámara de Comercio o sometida a supervisión de autoridad de vigilancia y control de nuestro país, suscrita por el representante legal, que permita identificar por sus datos personales a un migrante venezolano y que evidencie su permanencia desde antes de la fecha señalada.

  • Todo documento emitido por un nacional o persona que tenga Cédula de Extranjería expedida por Colombia, que permita identificar por sus datos personales a un migrante venezolano y evidencie su permanencia en el territorio desde antes de la fecha señalada. En este caso el documento deberá contener el nombre de quien lo suscribe, número de identificación y datos de contacto, para efectos de las verificaciones pertinentes.

  • Los documentos e información que se pretendan hacer valer como prueba sumaria y que ya reposan en las bases de datos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, solo requerirán de su actualización por parte del migrante venezolano.

  • La Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF), por sí sola, no constituye prueba de permanencia en el país.)

Luego de adjuntar los documentos, de clic en subir documentos.

  1. Deberá leer y aceptar los términos, hacer clic en “Estoy de acuerdo” y luego en finalizar.

  2. Después de eso aparecerá una opción que señala “Debe realizar o finalizar la siguiente encuesta de caracterización”. De clic en la encuesta y siga los pasos.

  3. Una vez llene la encuesta le llegará a su correo la constancia de pre-registro con la citación con fecha, hora y lugar para la toma de datos biométricos de forma presencial como requisito previo para la expedición del Permiso por Protección Temporal (PPT).

La citación incluirá un código de confirmación, con el cual el migrante venezolano deberá confirmar su asistencia a la cita tres (3) días antes. Migración Colombia informará cuáles son los puntos para el registro biométrico.

  1. Una vez haya llenado el pre-registro y haya hecho el registro biométrico, podrá aplicar para la obtención del Permiso por Protección Temporal (PPT).

Es importante señalar que adicional a los requisitos inicialmente mencionados, el migrante no debe tener en curso investigaciones administrativas migratorias ni haber sido reconocido como refugiado en otro país.

Tras haber realizado estos pasos, analizan su solicitud y la autoridad Migratoria se pronunciará autorizando la expedición del permiso, requiriéndolo, o negándolo, lo cual será informado al solicitante dentro de los siguientes 90 días hábiles a través del correo electrónico aportado.

¿Cómo se realiza la entrega del permiso?

La entrega del Permiso por Protección Temporal (PPT) se hará de forma presencial, previa cita otorgada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y el solicitante debe presentar el documento o documentos aportados en el pre-registro Virtual. (Documento de identidad, PEP o pasaporte, así como la prueba sumaria en caso de que aplique).

La entrega a domicilio del Permiso por Protección Temporal (PPT) será acordada previamente con el migrante venezolano que así lo determine, debiendo este asumir el costo de su entrega.

El Permiso por Protección Temporal (PPT) tendrá vigencia hasta el 30 de mayo de 2031, salvo que el Gobierno lo prorrogue.